La factura electrónica obligatoria entre empresas llevaba meses sin fecha. El Real Decreto 238/2026 está publicado desde el 31 de marzo, pero sus plazos se contaban desde una orden ministerial que no llegaba. Esa orden ya está en el BOE, así que ahora hay fechas concretas.

Qué se ha publicado

La Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, regula la solución pública de facturación electrónica de la Agencia Tributaria. Se publicó en el BOE el 5 de octubre de 2026 y entró en vigor al día siguiente. Con ella empiezan a contar los plazos del Real Decreto: 12, 24 y 36 meses desde el 6 de octubre de 2026.

Las fechas

Quién Desde
Empresas con más de 8 millones de euros de volumen de operaciones 6 de octubre de 2027
Resto de empresas y autónomos, para emitir y recibir 6 de octubre de 2028
Autónomos, para informar del estado de sus facturas 6 de octubre de 2029

Informar del estado significa comunicar si cada factura se ha aceptado, rechazado o pagado, y cuándo. Es la parte con la que la norma quiere medir la morosidad, y la que más cambia los procesos internos, porque hoy esa información casi nunca está en un sistema.

Si facturas a una empresa grande, su fecha es la tuya

La primera fecha es la de las empresas grandes, pero sus efectos no se quedan en ellas. Desde octubre de 2027 tienen que emitir y recibir facturas electrónicas, y lo previsible es que empiecen a pedírselas a sus proveedores antes de que la norma obligue al proveedor.

Por eso la pregunta útil no es solo cuánto facturas tú, sino a quién facturas. Si entre tus clientes hay alguno por encima de los 8 millones, tu fecha práctica es octubre de 2027, no 2028.

Verifactu llega antes

Son dos normas distintas y conviene no mezclarlas. Verifactu regula el programa con el que emites la factura y es obligatorio desde el 1 de enero de 2027 para las sociedades y desde el 1 de julio de 2027 para el resto, según el Real Decreto-ley 15/2025. La factura electrónica entre empresas regula la factura y el camino que recorre hasta tu cliente, y su primera fecha llega nueve meses después.

Si facturas desde un software propio, las dos tocan el mismo punto del sistema: el momento en el que se emite una factura. Hacer las dos adaptaciones en el mismo proyecto cuesta bastante menos que hacerlas por separado, y la que no espera es la de Verifactu.

Qué hacer ahora

  1. Saber desde qué sistemas emites y recibes facturas. En muchas empresas hay más de uno: el ERP, una hoja de cálculo para los casos raros y el módulo de la tienda online.
  2. Mirar a quién facturas. Es lo que decide si tu fecha real es 2027 o 2028.
  3. Preguntar a tu proveedor de software qué plan tiene. Con las fechas publicadas, una respuesta vaga ya es una señal.
  4. Revisar cómo recibes hoy las facturas de proveedores. Si se archivan a mano, ese proceso no va a sobrevivir al cambio y es un buen candidato a automatizar antes de que corra prisa.

La comparación entre las dos normas, los formatos y lo que cambia en la factura están en la guía de la factura electrónica obligatoria entre empresas. Si tu facturación sale de un ERP que hay que conectar con una plataforma, lo explico en integrar la facturación electrónica con tu ERP.